Con su aprobación se homologan métodos de captura masivos y no selectivos.

Miguel Ángel Hernández Soria, Área de Conservación de la Naturaleza de Ecologistas en Acción. Revista El Ecologista nº 71.

El Ministerio de Medio Ambiente ha aprobado unas deficientes Directrices para el control de predadores. El documento olvida que el control de predadores es una medida excepcional, que hay que justificar convenientemente, y que los métodos empleados han de ser muy selectivos, garantizando el bienestar animal.

Tras dos años de reuniones y debates, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino ha publicado en el BOE el acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente por el que se aprueban las Directrices Técnicas para la Captura de Especies Cinegéticas Predadoras: Homologación de Métodos de Captura y Acreditación de Usuarios (1).

Un documento que nace de la presión de los sectores cinegéticos y de los técnicos de caza de las Comunidades Autónomas para que se dé amparo legal y técnico a esta práctica, pero que las ONG critican por no ajustarse a la normativa ni a los estudios científicos sobre la materia. Como respuesta, Ecologistas en Acción publica en su web un informe (2) sobre estas Directrices, del cual se resumen aquí los principales argumentos.

Una cuestión mal enfocada

El control de predadores es una práctica habitual en España que tiene como precedente las tristemente famosas Juntas Provinciales de Extinción de Animales Dañinos y Protección a la Caza. Obviamente ya no se matan todo tipo de predadores en todos los cotos, pero pervive la idea de que es necesario controlarlos para favorecer las poblaciones de especies cazables, sobre todo la perdiz roja y el conejo.

Este razonamiento, desacreditado por los más diversos estudios (3), ancla el control de predadores más en la tradición y en los prejuicios del sector cinegético que en la realidad de lo que ocurre en el medio natural. Es más fácil culpar a los zorros y a las urracas de los males de la caza, que afrontar el conglomerado de problemas que afectan a los hábitats y a las especies cinegéticas. Entre ellos, el modelo cinegético imperante, cada día más intensificado y más favorecedor de los predadores oportunistas.

Por otra parte, el control de predadores incumple los principios de bienestar animal y además no es eficaz. Y está demostrado que una adecuada gestión de los hábitats y cinegética permite disponer de una población equilibrada de predadores y presas (4).

El impacto sobre la biodiversidad

Desde el punto de vista de la conservación de la biodiversidad las implicaciones del control de predadores son evidentes y muy graves (5). El número de trampas que se colocan para capturar zorros y urracas y el número de cotos que las emplean es tal, que supone una presión permanente e insostenible no solo sobre estas especies, sino sobre todas aquellas que eventualmente puedan ser capturadas.

En una provincia como Toledo, con 1.340 cotos de caza, durante 2011 se han dado 274 autorizaciones para instalar baterías de lazos y 203 para cajas trampa para urraca. Solo de lazos autorizados se puede estimar que en Toledo se colocan cerca de 15.000 al año.
Aunque no hay datos oficiales conocidos, seguro que las cifras para el resto de España serán enormes, probablemente no muy lejanas del millón entre lazos y trampas.

Considerando que la selectividad de estos métodos de captura ronda el 80% en el mejor de los casos, la cantidad de ejemplares de especies no objetivo que quedan en manos de los tramperos es de miles. Así, el control de predadores está llevando al empobrecimiento y a la extinción de las comunidades de mesopredadores en comarcas enteras. Y también, como lo demuestran numerosos casos recientes, es un serio problema para los grandes predadores como el oso, el lobo o el lince.

Las Directrices no resuelven el problema

La legislación exige que el control de predadores sea una medida excepcional, justificada, cuando no haya alternativas y que, a último, se realice por métodos selectivos y no masivos que garanticen el bienestar animal. Por ello se debe proceder a la homologación de los métodos de control.

Sobre estas premisas el Ministerio y las CC AA plantearon la necesidad de elaborar unas Directrices a nivel estatal. Y para ello, se pusieron en marcha en Castilla y León y Castilla-La Mancha una serie de estudios para determinar qué métodos podían cumplir con las condiciones de selectividad y bienestar animal legalmente requeridas. Desarrollados por técnicos dependientes de las distintas administraciones, valoraron en unas pocas fincas lazos y cajas trampa de distintos tipos.

El documento resultante arroja ciertas luces y, desgraciadamente, muchas sombras. Tiene el mérito de haber propuesto una lista corta de métodos homologables, todos para captura sin muerte y descarta la posibilidad de que se autoricen los lazos tipo belisle y, en especial, las cajas-trampa para zorro dada su escasa selectividad. También ofrece protocolos más garantistas que los actuales para la tramitación de las autorizaciones.

Pero, por contra, no es consecuente ni con los principios legales que lo inspiran y ni siquiera con los estudios científicos en los que se basa, dando lugar a unas premisas que, sin duda, seguirán siendo un grave problema para la conservación de la biodiversidad.

Ecologistas en Acción, Seo/BirdLife y WWF, han centrado algunas de sus principales críticas al documento en la ausencia de justificación del control de predadores y en la elección de índices de selectividad y de bienestar inadecuados. También en la no contabilización de daños en nidos y crías cuando son capturados los progenitores o en la falta de representatividad de los resultados a escala nacional. Pero de todos los aspectos negativos que hay en las Directrices, los más llamativos son tres.

El primero es la instauración de la figura del usuario, el nuevo el alimañero con carnet. En este caso, a pesar de que todos los estudios en que se basan las Directrices se han realizado por equipos de personal adscrito a la administración, las Directrices dan vía libre a que cualquier persona, con cierta formación, pueda manejar trampas y lazos. Es obvio que, en estas circunstancias, no es de esperar que ni las trampas se empleen ni a los animales se les dé el mismo trato que en los estudios, por lo que el nivel de selectividad y de bienestar será bien distinto.

La segunda es la homologación de métodos masivos y no selectivos. Las Directrices consideran homologables cinco métodos. Sólo dos con carácter general, el lazo tipo collarum y la caja-trampa para urraca, ya que muestran una alta selectividad. Por el contrario, los otros tres métodos (lazos con tope en alar, lazo tipo Wisconsin al paso y lazo Wisconsin en alar) se homologan sujetos a un plan de seguimiento, ya que a los propios autores de los estudios les plantean serias dudas. De todos ellos, los lazos en alar resultan ser un método especialmente masivo y de grave riesgo.

La tercera cuestión es la insuficiente declaración de zonas de exclusión. Debido a las dudas que plantean los métodos en su selectividad, para cada uno de ellos se proponen zonas de exclusión donde su uso no es recomendable. Resumiendo, pues no para todos es igual la restricción, se considera que se ha de evitar colocarlos en zonas de presencia estable y de reproducción de los grandes mamíferos amenazados (lince ibérico, oso, lobo ibérico) y en zonas de policía de aguas donde haya visón europeo. Con ello, las zonas de dispersión o de potencial expansión de estas especies no estarán carentes de trampas, por lo que se seguirá poniendo en peligro su recuperación sea natural o por reintroducciones.

Futuro incierto y conflictivo

Bajo el amparo de las Directrices, las CC AA se disponen ahora a aprobar sus normativas de homologación. Éstas serán claves para la puesta en práctica del régimen de autorización de los métodos de control de predadores. Les toca interpretar las indefiniciones de las Directrices y, además, lo que es más peligroso, pueden homologar por su cuenta nuevos métodos, incluso a iniciativa de los cazadores.

El escenario es incierto y complejo, dado que se habrán de desarrollar 17 normativas regionales. En esa situación el papel de las ONG es clave para hacer un seguimiento y, en lo posible, evitar que las normas asuman o amplíen los graves errores de las Directrices. En este sentido, Ecologistas en Acción ya ha anunciado que está dispuesta a denunciar la situación ante instancias europeas y a recurrir ante los tribunales las autorizaciones o las normas autonómicas que se vayan aprobando.

Los peligrosos alares
Dentro de los métodos aprobados llama la atención que se dé vía libre al uso de lazos en alar sea con tope o Wisconsin. Este es un método en el que los lazos se disponen en troneras a lo largo de barreras artificiales montadas con pilas de leña. La longitud de los alares en los experimentos ha sido de 2.400 metros por cada 500 hectáreas de superficie con lazos cada 10 metros. Este dato, que se ha ocultado en los distintos borradores de las Directrices hasta que se ha publicado el documento final, implica que se podrían poner 240 lazos en alar por cada 500 hectáreas, mientras que de lazos tipo Collarum, los mejores y más selectivos, sólo se recomienda poner 30 lazos por cada 500 hectáreas.

Notas y referencias

  1. http://www.marm.es/es/biodiversidad…
  2. https://www.ecologistasenaccion.org/…
  3. Lozano, J.; et al. 2006. “El control de depredadores en España, más que discutible”. Quercus 239: 80-82.
  4. Guil, F.; et al. 2009. Gestión de la predación natural: el caso del lince ibérico, el zorro y el conejo de monte. 5º Congreso Forestal Español. SCECF – Junta de Castilla y León.
  5. Virgós, E.; Travaini, A. 2005. “Relationship Between Small-game Hunting and
    Carnivore Diversity in Central Spain”. Biodiversity and Conservation, 14: 3475-3486.
  6. Aranda, F.; et al. 2011. Control de predadores, el collarum el más eficaz y selectivo. http://www.club-caza.com/articulos/…